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Comprendiendo el Código Nacional de Tránsito:

Un Viaje por la Ley 769 de 2002

TÍTULO 2

CAPITULO 3

VEHÍCULOS

🚗 Regulación de Vehículos en Colombia:

Todo lo que necesitas saber

carros runt

En Colombia, los vehículos deben cumplir con normas específicas para poder circular de manera segura y en armonía con el medio ambiente.

En este artículo te explicamos de manera sencilla las principales reglas establecidas en el Capítulo III del Código Nacional de Tránsito, desde requisitos mecánicos y técnicos, hasta dimensiones permitidas y equipos de seguridad obligatorios. ¡Acompáñanos en este recorrido! 🚦📜

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📌 Requisitos para que un vehículo pueda circular en Colombia

El Artículo 27 establece que todos los vehículos que circulen por el país deben cumplir con las normas de tránsito terrestre. Esto incluye requisitos generales, condiciones mecánicas y técnicas que aseguren seguridad, higiene y comodidad en la vía.

📢 Dato clave: También se regulan aspectos como peso y dimensiones, garantizando que los vehículos sean adecuados para la infraestructura vial del país.

🔄 Cambio de servicio de los vehículos: ¿Es posible?

El Código Nacional de Tránsito permite que ciertos vehículos cambien su servicio de particular a público. Esto aplica solo para:

Volquetas.
Camperos.
Vehículos de carga de dos ejes de hasta cuatro toneladas.

📌 Condiciones para el cambio:

🔹 Debe ser en zonas rurales o de difícil acceso donde no haya suficiente oferta de transporte.
🔹 No puede haber empresas de transporte habilitadas que presten el servicio.
🔹 El cambio solo es permitido en casos específicos y está sujeto a reglamentación del Ministerio de Transporte.

🚨 ¡Importante! No se puede cambiar la clase del vehículo. Es decir, un automóvil particular no puede convertirse en una moto o en un camión.

🚦 Condiciones mecánicas y ambientales para transitar

El Artículo 28 exige que todo vehículo en circulación garantice el correcto funcionamiento de los siguientes sistemas:

Frenos.
Sistema de dirección.
Sistema de suspensión.
Señales visuales y audibles (luces y bocina).
Escape de gases en óptimas condiciones.
Llantas en buen estado.
Vidrios de seguridad y espejos bien instalados.

📌 Control sobre vehículos de servicio público:

🔹 Las autoridades verificarán que los dispositivos de cobro en taxis y buses funcionen correctamente.
🔹 Se implementó un centro de llamadas gratuito para reportar infracciones de tránsito cometidas por vehículos de transporte público.
🔹 Todo vehículo de servicio público debe tener visible su placa en los costados y en el techo.

🚨 Recuerda: Las autoridades de tránsito pueden inmovilizar cualquier vehículo que no cumpla con estas condiciones.

📏 Dimensiones y pesos permitidos

📌 El Artículo 29 establece que los vehículos deben cumplir con límites de peso y dimensiones definidos por el Ministerio de Transporte, basándose en normas técnicas nacionales e internacionales.

🚛 ¿Por qué es importante?
✔ Evita daños en puentes y carreteras.
✔ Reduce el riesgo de accidentes por sobrecarga.
✔ Protege la vida de conductores y peatones.

📢 Dato clave: Si un vehículo supera los pesos o dimensiones permitidas, debe solicitar un permiso especial para circular.

🛑 Equipo de seguridad obligatorio en los vehículos

El Artículo 30 detalla los elementos de seguridad que todo vehículo debe portar para circular en Colombia.

📌 Equipos obligatorios:

🔹 Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
🔹 Una cruceta.
🔹 Dos señales de carretera en forma de triángulo reflectivo.
🔹 Un botiquín de primeros auxilios.
🔹 Un extintor.
🔹 Dos tacos para bloquear el vehículo en caso de emergencia.
🔹 Caja de herramientas básica (alicates, destornilladores, llaves fijas y llave de expansión).
🔹 Llanta de repuesto.
🔹 Linterna.

📢 Dato importante: Está prohibido circular con defensas rígidas no originales del fabricante.

🚨 ¡Consejo! Antes de salir a la carretera, revisa que tu vehículo tenga estos elementos para evitar sanciones y garantizar tu seguridad.

🚍 Seguridad en el transporte público de pasajeros

📌 Salida de emergencia obligatoria

El Artículo 31 establece que todos los vehículos de transporte público colectivo deben contar con mínimo una salida de emergencia en cada costado.

📢 Importante: El Ministerio de Transporte define las características técnicas de estas salidas para garantizar la seguridad de los pasajeros en caso de accidente.

📦 Reglas para el transporte de carga

📌 Artículo 32: Las mercancías transportadas deben estar correctamente embaladas, rotuladas y aseguradas para evitar accidentes y daños ambientales.

Los contenedores deben llevar dispositivos especiales de sujeción.
Las autoridades de tránsito pueden verificar la correcta manipulación de la carga.

📢 Dato clave: El Ministerio de Transporte expide permisos especiales para transportar cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas.

🎯 Conclusión: Cumple las normas y evita sanciones

El Código Nacional de Tránsito establece reglas claras para la circulación de vehículos en Colombia, garantizando seguridad vial, protección ambiental y control del transporte de carga y pasajeros.

🚗 Si eres conductor, recuerda:

✔ Mantén tu vehículo en óptimas condiciones mecánicas y ambientales.
Lleva siempre el equipo de seguridad obligatorio.
✔ Si transportas carga, asegúrala correctamente para evitar sanciones.
✔ Si tienes un taxi o un bus, cumple con las normativas de identificación y seguridad.

📢 ¡La seguridad vial es responsabilidad de todos! Conducir un vehículo en buen estado y respetar las normas reduce los accidentes y mejora la movilidad en el país.

📢 ¿Tienes preguntas sobre las regulaciones de vehículos en Colombia? Déjalas en los comentarios y sigamos aprendiendo juntos.

📲 Comparte esta información para que más personas conozcan las normas de tránsito y eviten sanciones. ¡Juntos podemos hacer de las carreteras un lugar más seguro! 🚗🛣️

Texto del código:

CAPITULO 3

VEHÍCULOS

ARTÍCULO 27. Reglamentado por el art. 1, Resolución 3257 de 2018, Ministerio de Transporte. CONDICIONES DE CAMBIO DE SERVICIO. Todos los vehículos que circulen por el territorio nacional deben someterse a las normas que sobre tránsito terrestre determine este Código. Estos deben cumplir con los requisitos generales y las condiciones mecánicas y técnicas que propendan a la seguridad, la higiene y comodidad dentro de los reglamentos correspondientes sobre peso y dimensiones.

Parágrafo 1. Modificado por el art. 1, Ley 903 de 2004. <El nuevo texto es el siguiente> El Ministerio de Transporte determinará un período no mayor de seis (6) meses, en el cual se permitirá el cambio de servicio particular a público de los vehículos tipo volqueta, camperos y vehículos de carga de dos (2) ejes hasta de cuatro (4) toneladas.

El Ministerio de Transporte reglamentará en un término de sesenta (60) días, a partir de la promulgación de la presente ley, el cambio de servicio de particular a público, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. Por ser zonas rurales o suburbanas de difícil acceso para el servicio de carga y pasajeros por parte de empresas habilitadas por el Ministerio de Transporte.
  2. Por tratarse de un servicio que es debidamente atendido por empresas habilitadas para ese tipo de transporte.
  3. En el caso de transporte, que por sus características requieran un tipo especial de vehículos.

En ningún caso se podrá cambiar de clase un vehículo automotor.

Ver Resolución 7730 de 2002, Ministerio de Transporte.

ARTÍCULO 28. Modificado por el art. 8, Ley 1383 de 2010. <El nuevo texto es el siguienteCONDICIONES TECNOMECÁNICAS, DE EMISIONES CONTAMINANTES Y DE OPERACIÓN. Para que un vehículo pueda transitar por el Territorio Nacional, debe garantizar como mínimo un perfecto funcionamiento de frenos, del sistema de dirección, del sistema de suspensión, del sistema de señales visuales y audibles permitidas y del sistema de escape de gases; y demostrar un estado adecuado de llantas, del conjunto de vidrios de seguridad y de los espejos y cumplir con las normas de emisiones contaminantes que establezcan las autoridades ambientales.

Parágrafo 1. Las autoridades de tránsito ejercerán en los vehículos de servicio público de transporte, un control y verificación del correcto funcionamiento y calibración de los dispositivos utilizados para el cobro en la prestación de un servicio público.

Parágrafo 2. La Superintendencia de Puertos y Transporte, contratará los servicios de un centro de llamadas, el cual estará bajo su vigilancia, inspección y control, mediante el cual cualquier persona podrá reportar la comisión de infracciones de tránsito, o la violación al régimen de sanciones por parte de las empresas de servicio público de transporte terrestre automotor. Las llamadas no tendrán costo alguno. Los costos de dicho servicio serán sufragados por las empresas de servicio público de transporte automotor en proporción al número de vehículos vinculados.

Con dicho propósito, los vehículos de servicio público y oficial, de manera obligatoria deberán llevar un aviso visible tanto en el interior como en el exterior en el que se señale el número telefónico correspondiente al centro de llamadas antes indicado.

Los vehículos de servicio público deberán llevar además marcado en los costados y en el techo el número de la placa según normas que profiera el Ministerio de Transporte.

Las obligaciones previstas en este artículo y la contratación de los servicios del centro de llamadas deberán implementarse en un término no mayor de un (1) año contado a partir de la fecha de promulgación de la presente ley.

ARTÍCULO 29. DIMENSIONES Y PESOS. Los vehículos deberán someterse a las dimensiones y pesos, incluida carrocería y accesorios, que para tal efecto determine el Ministerio de Transporte, para lo cual debe tener en cuenta la normatividad técnica nacional e internacional.

ARTÍCULO 30. EQUIPOS DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD. Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar el siguiente equipo de carretera como mínimo.

  1. Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
  2. Una cruceta.
  3. Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.
  4. Un botiquín de primeros auxilios.
  5. Un extintor.
  6. Dos tacos para bloquear el vehículo.
  7. Caja de herramienta básica que como mínimo deberá contener: Alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
  8. Llanta de repuesto.
  9. Linterna.

Parágrafo. Ningún vehículo podrá circular por las vías urbanas, portando defensas rígidas diferentes de las instaladas originalmente por el fabricante.

Jurisprudencia:

El texto subrayado, que fue declarado INEXEQUIBLE por la  Sentencia C-529 de 2003Corte Constitucional.

ARTÍCULO 31. SALIDA DE EMERGENCIA. Todo vehículo dedicado al transporte colectivo de pasajeros debe tener como mínimo una salida de emergencia en cada uno de sus costados adicionalmente a las puertas de ascenso de pasajeros. El Ministerio de Transporte definirá las características técnicas correspondientes.

Ver Resolución 5666 de 2003, Ministerio de Transporte.

ARTÍCULO 32. CONDICIONES DE LA CARGA. La carga de un vehículo debe estar debidamente empacada, rotulada, embalada y cubierta conforme a la normatividad técnica nacional cuando esta aplique, de acuerdo con las exigencias propias de su naturaleza, de manera que cumpla con las medidas de seguridad vial y la normatividad ambiental. Los contenedores deberán llevar dispositivos especiales de sujeción, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte.

Ver Resolución 9606 de 2003, Ministerio de Transporte.

ARTÍCULO 33. PERMISO PARA CARGA. El Ministerio de Transporte definirá lo referente a permisos para transportar cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas, así como las especificaciones de los vehículos que realizan esta clase de transporte.

Preguntas basadas en el método Feynman

🔹 Explica como si enseñaras a un niño: ¿Por qué los vehículos deben cumplir normas técnicas para circular? Usa una analogía (ej: "Es como cuando revisas tu bicicleta antes de usarla para que no se suelte el freno").

🔹 Compara y contrasta: Según el Artículo 28, ¿qué sistemas del vehículo son más críticos para la seguridad (ej: frenos vs. bocina)? ¿Por qué?

🔹 Identifica el error: Un conductor dice: "Mientras mi carro encienda, no importa si el escape contamina". ¿Qué artículo del código corrige esto y qué riesgo genera?

🔹 En tus propias palabras: El Artículo 30 lista 9 elementos obligatorios. ¿Cuáles crees que son los 3 más importantes y por qué? (Ej: "El extintor puede salvar vidas en un incendio").

🔹 Aplica el concepto: Si transportas carga en una camioneta, ¿qué requisitos del Artículo 32 debes cumplir para evitar multas?

🔹 Debate Feynman: "Los taxis no deberían llevar placa en el techo porque se ve feo". ¿Estás de acuerdo? Usa el Artículo 28 (párrafo 3) para argumentar.

🔹 Piensa críticamente: El Artículo 31 exige salidas de emergencia en buses. ¿Qué pasaría si un bus choca y solo tiene una puerta funcional? Relaciónalo con tragedias reales.

🔹 Conecta con la realidad: ¿Has visto vehículos con cargas mal aseguradas? Describe el peligro usando el Artículo 32.

🔹 Ejercicio de empatía: Un camionero protesta: "Los permisos para carga pesada son muy caros". ¿Por qué el Artículo 33 los hace obligatorios?

🔹 Sintetiza: En menos de 20 palabras, ¿cuál es el objetivo principal de este capítulo?

🔹 Role-playing: Eres un agente de tránsito. Un turista pregunta: "¿Puedo manejar mi campero europeo en Colombia?". Explica qué debe verificar (usa Artículos 27-29).

🔹 Dibuja el proceso: Haz un flujograma mostrando los pasos para obtener un permiso de carga extradimensionada (Artículo 33).

⚠️ Pregunta abierta: Si no existieran límites de peso para vehículos (Artículo 29), ¿qué 3 problemas graves surgirían en las carreteras?

Comprendiendo el Código Nacional de Tránsito: Título 2 - Capítulo 3 - Vehículos

1. ¿Qué establece el Artículo 27 del Código Nacional de Tránsito sobre los vehículos?

2. ¿Qué tipo de vehículos pueden cambiar de servicio particular a público según el Artículo 27?

3. ¿Qué sistemas deben funcionar correctamente para que un vehículo pueda transitar según el Artículo 28?

4. ¿Qué deben llevar los vehículos de servicio público según el Artículo 28?

5. ¿Qué regula el Artículo 29 sobre los vehículos?

6. ¿Qué equipo de seguridad es obligatorio según el Artículo 30?

7. ¿Qué prohíbe el Artículo 30 en cuanto a las defensas de los vehículos?

8. ¿Qué establece el Artículo 31 sobre los vehículos de transporte colectivo de pasajeros?

9. ¿Qué condiciones debe cumplir la carga de un vehículo según el Artículo 32?

10. ¿Qué regula el Artículo 33 sobre el transporte de carga?

11. ¿Qué sucede si un vehículo no cumple con las condiciones mecánicas y técnicas?

12. ¿Qué debe hacer un conductor si su vehículo supera los pesos o dimensiones permitidos?

13. ¿Qué sucede si un vehículo no lleva el equipo de seguridad obligatorio?

14. ¿Qué deben hacer los vehículos de servicio público para reportar infracciones?

15. ¿Qué sucede si un vehículo de transporte público no tiene salidas de emergencia?

16. ¿Qué sucede si un vehículo transporta carga sin cumplir las normas de seguridad?

17. ¿Qué sucede si un vehículo no cumple con las normas de emisiones contaminantes?

18. ¿Qué sucede si un vehículo no tiene un extintor en buen estado?

19. ¿Qué sucede si un vehículo no tiene señales de carretera en forma de triángulo reflectivo?

20. ¿Qué sucede si un vehículo no tiene una llanta de repuesto?

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