Otorgamiento y facultad del titular
La licencia se otorgará por primera vez a quien cumpla los requisitos establecidos por el Código, mediante la entidad autorizada por el organismo de tránsito correspondiente.
Formato único nacional
Debe incluir identificación, fotografía, huella, tipo de sangre, categorías, restricciones, expedición y vencimiento.
Licencia digital
Tiene los mismos efectos legales que la licencia física y puede presentarse desde un dispositivo tecnológico.
Consulta en sistemas
Las autoridades podrán verificar documentos como licencia, SOAT y revisión técnico-mecánica mediante los sistemas oficiales.
Categorías autorizadas
La licencia habilita para conducir según las categorías definidas por el Ministerio de Transporte.
Requisitos para obtener la licencia
Vehículos particulares
- Saber leer y escribir.
- Tener dieciséis años cumplidos.
- Aprobar los exámenes teórico y práctico de conducción.
- Obtener certificado de capacitación en conducción de un CEA registrado en el RUNT.
- Presentar certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz.
Vehículos de servicio público
Se exigen los requisitos anteriores, tener al menos dieciocho años y aprobar los exámenes correspondientes a la categoría de servicio público.
Categorías y personas con limitaciones físicas
El Ministerio de Transporte definirá las categorías, recategorizaciones y restricciones especiales aplicables a cada licencia.
Una persona con limitación física parcial podrá obtener licencia si demuestra que está habilitada y adiestrada para conducir, incluso mediante ayudas técnicas o adaptaciones del vehículo.
Vigencia y renovación
Servicio particular
Servicio público
Recategorización
El titular podrá solicitar una categoría diferente, presentar y aprobar un nuevo examen teórico-práctico y acreditar la capacitación correspondiente.
El texto suministrado señala un plazo máximo de 72 horas una vez aceptada la documentación.
Licencias extranjeras
Las licencias expedidas en otro país, vigentes y utilizadas por turistas o personas en tránsito, son válidas en Colombia durante la permanencia autorizada de su titular.
Suspensión y cancelación
Suspensión
Puede proceder por imposibilidad transitoria para conducir, decisión judicial, embriaguez, drogas o reincidencia en una infracción.
Cancelación
Puede proceder por imposibilidad permanente, decisión judicial, muerte del titular o reincidencias específicas.