Autoridades de tránsito

Módulo: 1. Formación teórica

2. Normas de tránsito

Autoridades de transito

Autoridades de Tránsito:

Son autoridades de tránsito, en su orden, las siguientes:

1. El Ministro de Transporte.

2. Los Gobernadores y los Alcaldes.

3. Los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o distrital.

4. La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte.

5. Los Inspectores de Policía, los Inspectores de Tránsito, Corregidores o quien haga sus veces en cada ente territorial.

6. La Superintendencia General de Puertos y Transporte.

7. Las Fuerzas Militares para cumplir exclusivamente lo dispuesto en la ley.

8. Los Agentes de Tránsito y Transporte.

Cada organismo de tránsito debe contar con un cuerpo de agentes de tránsito que actúe en su Jurisdicción, y el Ministerio de Transporte tiene a su cargo un equipo especializado de agentes.

De tránsito de la Policía Nacional, actualmente Dirección de Tránsito y Transporte (DITRA), que  vela por el cumplimiento del régimen normativo de tránsito en todas las vías nacionales.

Toda autoridad de tránsito está facultada para el conocimiento de una infracción o de un accidente, mientras la autoridad competente asume la investigación.

Cualquier anomalía, abuso o irregularidad por parte de las autoridades de tránsito competentes  debe denunciarse ante las dependencias y autoridades disciplinarias de la alcaldía o el organismo de tránsito de la jurisdicción.

 

 

 

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